· El tribunal acuerda levantar la medida solicitada por SEO/BirdLife tras examinar las alegaciones de la RFEC y del resto de las partes, así como los informes científicos aportados al procedimiento
· La resolución reconoce que no ha quedado suficientemente acreditado el perjuicio irreversible sobre las poblaciones de aves y destaca la necesidad de ponderar los intereses económicos, sociales y ambientales afectados
Madrid, 6 de noviembre de 2026. La Real Federación Española de Caza (RFEC) celebra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de levantar la suspensión cautelar de la caza de nueve especies de aves, acordada el pasado 6 de octubre a petición de SEO/BirdLife, dando así respuesta favorable a la principal pretensión formulada por la Federación en sus alegaciones.
Mediante el Auto n.º 355/2026, de 4 de noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado dejar sin efecto la medida provisionalísima tras examinar los argumentos presentados por la Comunidad de Madrid, la RFEC, la Federación Madrileña de Caza y la Fundación Artemisan, así como la documentación científica incorporada al procedimiento.
La resolución supone un importante respaldo a los argumentos jurídicos y científicos defendidos por la RFEC, que se personó en el procedimiento para solicitar el levantamiento de la suspensión, cuestionando que los informes aportados por SEO/BirdLife justificasen una medida de semejante trascendencia para el sector cinegético.
En este sentido, el tribunal establece que la cuestión determinante no es la irreversibilidad de la muerte de cada ejemplar, sino si el ejercicio de la caza compromete la conservación y viabilidad de las poblaciones de las especies afectadas. Asimismo, considera que los informes científicos aportados por la Administración autonómica y Fundación Artemisan contradicen las afirmaciones de la organización recurrente y que el perjuicio irreversible alegado no ha quedado suficientemente justificado para mantener la suspensión.
La Sala también destaca la necesidad de ponderar, junto con la conservación de las especies, los intereses económicos del sector cinegético y las repercusiones sobre el sector agrario y la seguridad aérea y sanitaria, reconociendo así la trascendencia de una actividad que no puede valorarse exclusivamente desde la perspectiva de las capturas individuales.
Para la RFEC, esta decisión pone de manifiesto la importancia del rigor científico, la proporcionalidad y la seguridad jurídica a la hora de adoptar medidas que afectan al ejercicio de una actividad legal y regulada, así como la necesidad de valorar adecuadamente los perjuicios que pueden derivarse de su suspensión.
La Federación valora especialmente el resultado de las actuaciones desarrolladas en coordinación con la Federación Madrileña de Caza y Fundación Artemisan, y reafirma su compromiso de seguir defendiendo los derechos e intereses legítimos de los cazadores frente a las iniciativas judiciales que cuestionan la actividad cinegética, mediante todos los instrumentos jurídicos a su alcance.
Asimismo, considera que los razonamientos recogidos en esta resolución resultan especialmente relevantes ante las recientes suspensiones cautelares promovidas por SEO/BirdLife en otras comunidades autónomas, como Castilla y León, donde la RFEC también actuará en defensa del sector.
Por último, la Federación recuerda que el levantamiento de la medida cautelar no supone la finalización del procedimiento judicial, que continuará hasta que se resuelva el recurso interpuesto contra la orden de vedas de la Comunidad de Madrid.